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Incentivos a cruceros en Puerto Rico | Incentivos a cruceros en Puerto Rico |
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El Gobernador de Puerto Rico Aníbal Acevedo Vilá, anunció la firma de legislación que permitirá el crecimiento del turismo de cruceros aún más para el Puerto de San Juan así como para otros puertos en desarrollo en la Isla y extenderá el uso del Fondo Especial de Incentivos de Barcos Cruceros para mantener y mejorar su oferta impulsando el desarrollo económico y la creación de empleos. Los incentivos a compañías u operadores de barcos cruceros que establece esta ley son varios incluyendo un incentivo de frencuencia de visitas.El incentivo de Frecuencia de Visitas “Home Port” consiste en que se aportará un (1) dólar por pasajero para los barcos cruceros que utilicen el Puerto de San Juan así como cualquier otro puerto en la jurisdicción de Puerto Rico como “home port” por un mínimo de veinte (20) días en un periodo de seis (6) meses consecutivos y paguen la tarifa aplicable a dicho puerto. Los incentivos a compañías u operadores de barcos cruceros que establece esta ley serán los siguientes: Incentivo de Frecuencia de Visitas “Home Port”: Se aportará un (1) dólar por pasajero para los barcos cruceros que utilicen el Puerto de San Juan así como cualquier otro puerto en la jurisdicción de Puerto Rico como “home port” por un mínimo de veinte (20) días en un periodo de seis (6) meses consecutivos y paguen la tarifa aplicable a dicho puerto. Con relación al Incentivo de Tiempo en Puerto para Barcos en Tránsito, se aportará la cantidad de ochenta y cinco (85) centavos por pasajero en barcos cruceros que atraquen en San Juan así como cualquier otro puerto en la jurisdicción de Puerto Rico por ocho (8) horas como mínimo y paguen la tarifa aplicable a dicho puerto. Mientras, el Incentivo de Volumen de Pasajeros por Corporación, de diez mil (10,000) a ciento treinta y nueve mil novecientos noventa y nueve (139,999) pasajeros, aportará la cantidad de dos (2) dólares por cada pasajero que arribe al Puerto de San Juan así como cualquier otro puerto en la jurisdicción de Puerto Rico y pague la tarifa aplicable a dicho puerto. De ciento cuarenta mil (140,000) pasajeros en adelante, se aporta cuatro dólares con cincuenta centavos (4.50) por cada pasajero que pague la tarifa de puerto. Asimismo, el Incentivo de Provisión establece que cada crucero que atraque en el Puerto de San Juan así como cualquier otro puerto en la jurisdicción de Puerto Rico recibirá un pago equivalente a un diez (10%) por ciento del gasto por compras de provisiones en Puerto Rico y un cinco (5%) adicional por comprar de productos de o manufacturados en Puerto Rico, según certificados por la Compañía de Fomento Industrial de Puerto Rico y el Departamento de Agricultura. Impacto a toda la industria Los dueños u operadores de un barco crucero que cumplan con lo dispuesto recibirán estos beneficios después de haber evidenciado, a satisfacción de dichas agencias, que las compras fueron realizadas a comerciantes debidamente certificados por la Compañía de Comercio y Exportaciones de Puerto Rico, así como debidamente inscritos en el Registro de Comerciantes del Departamento de Hacienda. Para ello, los representantes o agentes de las líneas de barcos cruceros presentarán a dichas entidades las facturas que evidencien tal hecho. Por último, el programa de incentivos se extenderá hasta el Año Fiscal 2010-11. En la medida que para el 30 de junio de 2011 el volumen de pasajeros haya aumentado un veinte (20%) por ciento sobre la base de un millón trescientos ochenta mil (1, 380,000) pasajeros, este incentivo se extenderá hasta el 30 de junio de 2014. La medida en su exposición de motivos sostiene que pasados dos años de la implantación de la Ley 76 del 25 de agosto de 2005, que creó el “Fondo Especial de Incentivos de Barcos Cruceros”, adscrito a la Compañía de Turismo de Puerto Rico y ante la necesidad de mantener y mejorar el ritmo competitivo de Puerto Rico como promotor para allegar cadenas de la industria de barcos cruceros, se hace necesario enmendar esta ley.
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